Si desea renovar o solicitar por primera vez su Documento Nacional de Identidad, deberá acudir a un Equipo de Expedición del DNI, después de haber solicitado cita previa.
PRIMERA INSCRIPCIÓN
Si se trata de una Primera Inscripción, puede comparecer en el citado Equipo con la documentación correspondiente, acompañado de la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela, o persona apoderada por éstas últimas si es menor de 14 años o incapacitado.
SUSTRACCIÓN, EXTRAVÍO O DETERIORO
Si se trata de una solicitud por sustracción, extravío o deterioro, el ciudadano, una vez en el equipo expedidor, deberá rellenar un impreso y adjuntar una fotografía más que, junto a su firma y su impresión dactilar, servirá de comprobación de personalidad.
PERSONAS EN SITUACIONES DE DEPENDENCIA O CON DISCAPACIDAD
Las personas en situaciones de dependencia o con discapacidad que no puedan acudir a la Oficina de Tramitación podrán obtener su DNI a través de un familiar u otra persona, quien, además de los documentos exigidos, presentará en la Oficina un certificado médico oficial acreditativo de dicha situación o discapacidad y los datos de filiación o fotocopia del DNI de la persona dependiente o discapacitada. Un equipo móvil se desplazará al domicilio de dicha persona para hacerlo.
El documento tramitado lo recogerá su titular en la misma Oficina donde lo solicitó. Si se trata de una renovación, deberá entregar al mismo tiempo el documento caducado, que le podrá ser devuelto una vez inutilizado físicamente si así lo solicita.
Fuente: Ministerio del Interior. Gobierno de España.
Pida cita para la oficina de Tarancón en el siguiente enlace:
IMPORTANTE
Se reinician los trámites para la obtención o renovación del D.N.I o pasaporte siendo imprescindible reservar cita previa, desde el lunes uno de junio de 2020.
Se recuerda a todos los ciudadanos que deben acudir a su cita puntualmente, provistos de mascarilla, con el importe exacto en metálico de la tasa (12 euros DNI y 30 euros pasaporte) y de forma individual, salvo para expediciones a menores o personas que necesitan acompañamiento.
Para la primera inscripción
Para solicitar la expedición del Documento Nacional de Identidad será imprescindible la presencia física de la persona a quien se haya de expedir, el abono en efectivo de la tasa legalmente establecida en cada momento y la presentación de los siguientes documentos:
Certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente o, en su caso, Certificado de inscripción de la nacionalidad española, en las que conste “que se expide a los solos efectos de la obtención del DNI”. Únicamente serán admitidas las certificaciones expedidas con una antelación máxima de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud de expedición del Documento Nacional de Identidad.
Una fotografía reciente en color del rostro del solicitante, tamaño 32 por 26 milímetros, con fondo uniforme blanco y liso, tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.
Certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del Documento Nacional de Identidad.
Cuando el titular del DNI sea menor de 14 años o incapaz se llevará a cabo en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela, o persona apoderada por estas últimas.
Para la renovación
La renovación se deberá realizar dentro de los últimos 90 días de vigencia y su tramitación se llevará a cabo mediante la presencia física del titular del Documento, que abonará en efectivo la tasa correspondiente y aportará los siguientes documentos:
Una fotografía reciente en color del rostro del solicitante, tamaño 32 por 26 milímetros, con fondo uniforme blanco y liso, tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.
El DNI anterior.
En caso de cambio de domicilio, respecto del que figure en el Documento anterior, Certificado o volante de empadronamiento(la validez de este documento es de 3 meses a partir de la fecha de su expedición). No será necesario aportar este documento, si el interesado autoriza al equipo de expedición para que pueda comprobar su domicilio, mediante consulta al Sistema de Verificación de Datos de Residencia.
Si el alta en el Padrón Municipal se ha realizado en los dos últimos meses, es necesario aportar el certificado o volante de empadronamiento a que se hace referencia en el punto anterior.
En caso de variación de datos de filiación, Certificado del Registro Civil. A estos efectos únicamente serán admitidas las certificaciones expedidas con una antelación máxima de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud de expedición del Documento Nacional de Identidad.
Cuando el titular del DNI sea menor de 14 años o incapaz se llevará a cabo en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o tutela, o persona apoderada por estas últimas.
El extravío, sustracción, destrucción o deterioro del Documento Nacional de Identidad, conllevará la obligación de su titular de proveerse inmediatamente de un duplicado cuya validez será la misma que tenía el Documento al que sustituye, salvo que éste se halle dentro de los últimos 90 días de su vigencia, en cuyo caso se expedirá con la misma validez que si se tratara de una renovación. En determinados casos se ha de cumplimentar un impreso que le será entregado en la propia oficina y si el Documento Nacional de Identidad a sustituir era del modelo anterior se ha de aportar una fotografía más.
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tras el inicio del servicio de telefonía móvil de nueva generación (4G y 5G) en la zona, podían producirse afectaciones en la recepción de televisión digital terrestre (TDT).
Para solucionar estas afectaciones y garantizar que la puesta en servicio de las estaciones base de telefonía móvil no afecte a la TDT, la entidad LLEGA700 lleva a cabo las actuaciones técnicas necesarias en las instalaciones de recepción de los usuarios de TDT. Estas actuaciones son de carácter gratuito para los ciudadanos afectados.
De acuerdo a la Orden Ministerial1 que regula este proceso, el plazo para solicitar las actuaciones en caso de afectación por parte de los usuarios de TDT, es de seis meses desde la fecha de puesta en servicio de las estaciones de telefonía móvil.
Mediante la presente comunicación le informamos que está a punto de finalizar el plazo habilitado de 6 meses, desde el encendido de una o varias de las estaciones que afectan a su municipio, para resolver incidencias en la recepción de la TDT sin coste para los ciudadanos.
No obstante lo anterior, se informa que el 31-08-2024, finalizará definitivamente el plazo para solicitar las actuaciones gratuitas, por parte de los usuarios de la TDT, por las posibles afectaciones ocasionadas por los nodos de 4G y 5G.
En el futuro, en su municipio se podrían encender nuevas estaciones base de telefonía móvil, si así lo consideraran necesario los operadores para mejorar este servicio, en cuyo caso se volvería a informar a su Ayuntamiento y se atenderían de forma gratuita las incidencias que se produjeran, abriéndose un nuevo plazo de seis meses desde la fecha de encendido.
En caso de cualquier duda o de requerir información más detallada sobre las estaciones de su municipio puede llamar al teléfono gratuito de la Oficina Técnica de Ayuntamientos de LLEGA700, 900 831 902, donde se le facilitará toda la información referente a las posibles afectaciones ocasionadas por estaciones base de telefonía móvil en su municipio o en municipios colindantes.
Recordamos que para poder atender en el centro de atención al usuario y poder resolver las incidencias, tendrán que comunicarse al teléfono gratuito 900 833 999.